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12-08-2009

Bando

Plan extraordinario de empleo y bases 2009- 2010.

BANDO


D. JOSÉ MANUEL QUINTANA GARCÍA, ALCALDE-PRESIDENTE EN FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE MIRANDA (ASTURIAS).


HAGO SABER:
De conformidad con las bases por las que se regirán las pruebas selectivas para cubrir dos plazas de peón con carácter temporal dentro del Plan Extraordinario de Empleo 2009-2010..
Se abre el plazo de presentación de instancias que finalizará el día 21 de agosto de 2009.
Plan de Empleo cofinanciado en un 80% por la Unión Europea al amparo del Programa Operativo del Fondo Social Europeo del Principado de Asturias 2007-2013 (2007.ES.051.PO006) y por el Principado de Asturias.

PRESENTACION DE INSTANCIAS. Diez días naturales contados a partir del siguiente de la publicación del Bando de Convocatoria de las plazas. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en la que los aspirantes deberán hacer constar sus datos personales, número de Documento Nacional de Identidad y domicilio. Asimismo, deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones requeridas en la base primera, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, asimismo deberán incluir en la solicitud manifestación expresa de no ser beneficiario de prestaciones de nivel contributivo, así como que autorizan expresamente al Ayuntamiento a realizar las comprobaciones que estime oportunas ante el Servicio Público de Empleo Estatal..
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

Belmonte, a 11 de agosto de 2.009.


BASES

PARA PROVEER DOS PLAZAS DE PEONES PARA EL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO 2009-2010, AYUNTAMIENTO DE BELMONTE, CON CARACTER TEMPORAL.

PRIMERA. CONDICIONES REQUERIDAS.

Los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al día de finalización de presentación de instancias:
_ Ser español o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea, debiendo acreditar el conocimiento de la lengua castellana, el cumplimiento de los requisitos establecidos para todos los participantes y acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a
la función pública.
_ Tener cumplidos los 16 años de edad.
_ No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de su Función.
_ No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de Estado, Comunidad Autónoma o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
- Ser desempleado y estar empadronado en cualquier municipio asturiano, así como haber perdido el trabajo después del 31 de diciembre de 2007 tras haber permanecido empleados como trabajadores por cuenta ajena o propia durante un período mínimo de cuatro meses dentro de los doce meses inmediatamente anteriores al momento en que perdieran su último empleo y no han de ser perceptores de prestación por desempleo.

SEGUNDA. PRESENTACION DE INSTANCIAS.

Diez días naturales contados a partir del siguiente de la publicación del Bando de Convocatoria de las plazas. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en la que los aspirantes deberán hacer constar sus datos personales, número de Documento Nacional de Identidad y domicilio. Asimismo, deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones requeridas (base anterior), referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, asimismo deberán incluir en la solicitud manifestación expresa de no ser beneficiario de prestaciones de nivel contributivo, así como que autorizan expresamente al Ayuntamiento a realizar las comprobaciones que estime oportunas ante el Servicio Público de Empleo Estatal..

ADMISIÓN DE ASPIRANTES: El sexto día natural, o en su caso, el siguiente hábil siguiente, tras acabar el plazo de presentación de instancias el Alcalde-Presidente de la Corporación, dictará Resolución, que se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, conteniendo: lista de admitidos y excluidos, fecha, hora y lugar para la valoración y realización de entrevista, así como la composición del Tribunal.

TERCERA. ENTREVISTA.

Entrevista personal sobre conocimientos prácticos y técnicos del oficio. Hasta 10,00 puntos.

CUARTA. PUNTUACION.

Las puntuaciones se obtendrán sumando la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión presentes.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

Se constituirá una Bolsa de Empleo con los candidatos que, habiendo superado el proceso selectivo, no han sido propuestos para ser contratados, con el objeto de realizar sustituciones de los trabajadores contratados que causen baja durante la vigencia del Convenio.

QUINTA. COMISION DE VALORACION.

Presidente: Arquitecto Técnico Municipal.

Vocales: Secretario de la Corporación o funcionario que lo sustituya..
Funcionario de la Corporación.

La Comisión propondrá a los dos candidatos que hayan tenido mayor puntuación.



SEXTA. RESOLUCION.

El plazo de resolución será de treinta días naturales desde el día siguiente al de finalización de presentación de instancias.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial uno en que aparezca la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento formulando la correspondiente propuesta de contratación.
Al objeto de lograr una mayor difusión del Convenio para la ejecución del Plan Extraordinario de Empleo Local 2009-2010 y dar cumplimiento a la obligación establecida de dar publicidad al proceso selectivo se remitirá la convocatoria y las bases reguladoras a la Oficina de Empleo correspondiente.

El Plan Extraordinario de Empleo Local impone las siguientes obligaciones (cláusula 3.1):

- Garantizar la participación de los agentes sociales.
- No exigir a los trabajadores contratados el empadronamiento en el municipio de contratación.
- Informar a los trabajadores contratados del carácter subvencionado del su contrato como de la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
- Realizar labores de difusión de la puesta en marcha, ejecución y resultados del Plan de Empleo.
- Hacer constar en toda la información y publicidad sobre el Plan de Empleo que está cofinanciado en un 80% por la Unión Europea y por el Principado de Asturias.

SEPTIMA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.

l. Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración dentro del plazo de cinco días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función a desempeñar.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante procedimiento disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

OCTAVA.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONVOCATORIA.

En lo no previsto por estas bases será de aplicación, supletoriamente, el Real Decreto 364/95 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional, la Ley 7/1985 de 2 de abril, el Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril y el Real decreto 896/1991 de 7 de junio.


NOVENA.- RECURSOS

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Belmonte, a 10 de agosto. de 2.009.

El Alcalde e.f.


Fdo. José Manuel Quintana García

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